La importación o exportación de suplementos alimenticios, requieren del cumplimiento previo de requisitos no arancelarios. Un requisito no arancelario es una autorización previa que tanto el emprendedor o empresario como el producto, deben cumplir para que se pueda disponer en el contexto del comercio exterior, situación además que es de carácter mundial, es decir, no importa el país, el cumplimiento se da.
Cada día aumenta el número de personas que encuentran en el comercio electrónico la forma de hacer negocio, contando, además, que existe un grupo de productos de los cuales hay mayor interés en este tipo de negocios, y es la distribución de suplementos alimenticios, productos que prometen maravillas a quienes los consumen, más si son deportistas o desean mejorar sus condiciones físicas; pero más allá de la razón que tengan con estos suplementos, lo que es cierto es que si los desean adquirir ya sea para el consumo propio o para generar una red de distribución, deben de cumplir con una serie de obligaciones de forma previa para garantizarse y garantizar a su público que no existen riesgos y que las autoridades competentes en el país avalan el expendio porque no hay riesgo de consumo.
Por otro lado, se debe comprender también la forma en que se pondrá ese suplemento en el mercado, porque puede presentarse listo para el consumo o es una materia prima o insumo para la elaboración de un producto terminado que se visualiza como un suplemento alimenticio. Pongamos contexto: ninguna persona puede importar o exportar un producto que ingieran otras personas, sin garantizar que no enfermarán o en el peor de los casos, mueran. Para respaldar estas condiciones, las autoridades competentes hacen verificaciones y auditan al empresario, ojo, no es un emprendedor y si lo es debe estar maduro en este aspecto, para establecer que cuenta con una infraestructura que le permitirá almacenar y distribuir de forma correcta el producto terminado o cuenta con espacios adecuados, para desarrollar la producción, envasado, almacenamiento y distribución de los suplementos. En cualquiera de los casos, no es algo que se haga de un día para otro, tampoco es una condición que sea imposible de cumplir. Lo único cierto, es que cuando no se tiene impide que se goce de una venta internacional, o que la compra que se hizo por algún portal de internet, llegue a las manos del comprador.
Es importante aprender que las compras o las ventas internacionales se planifican, que todo puede estar realmente al alcance cuando se tiene claro no solo el panorama sino se cuenta realmente con las autorizaciones. En Colombia, los organismos de control, trabajan de la mano de la aduana, para mitigar los riesgos que se puedan presentar en la salud pública o la economía, siempre de manera previa, sin importar el régimen y la modalidad que se use para este fin.
Si se encuentra
en Colombia y desea desarrollar importaciones de suplementos alimenticios, ya
sea como persona natural o jurídica, debe poseer de forma previa, dependiendo
también de la presentación y/o ciclo productivo, lo siguiente:
Ante el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA:
- · Concepto de Insumos
- · Licencia o Registro de Venta
Ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA:
- · Registro Sanitario
- · Visto Bueno
Ahora, si el deseo es la venta internacional, los requisitos son:
Ante el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA:
- · Certificado fitosanitario
Ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA:
- · El Certificado de inspección sanitaria de exportación de alimentos y materias primas
También será importante recalcar, que, para la obtención de los documentos o requisitos previos, el empresario debe cumplir con una serie de disposiciones que van desde el análisis de la infraestructura y conocimiento de los proveedores extranjeros, cuando aplica, hasta el recurso humano que hace parte del manejo y control de los productos, materias primas o insumos. Del mismo modo, la diligencia puede tardar desde semanas hasta meses, dependiendo de las exigencias particulares a cada establecimiento según normas de las entidades a cargo. Recuerde, además, que estos procedimientos, pueden tener costos y su valor dependerá de si es un registro, certificado o visto bueno.
En conclusión, si desea importar, exportar, producir o distribuir suplementos alimenticios, y no conoce muy bien cómo sería todo, le invitamos a investigar y aclarar antes de invertir en un proceso que posiblemente no lo pueda terminar.
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